éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO a favor del ciudadano MIGUEL ANGEL PEÑA DELGADO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad número V-4.559.737, sobre las bienhechurías descritas en el informe de inspección Nº DPPCUC-CTM-005-2022, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Así mismo se hace del conocimiento al ciudadano Registrador de no Protocolizar el presente Título sin la autorización expresa de a quien corresponda la propiedad. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-