´este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el del criterio jurisprudencial contenido en la Sentencia número 693-2015 en concordancia con la sentencia 446-2014 emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por consiguiente declara DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos MALLURI SILVA LOPEZ Y CELESTINO ANTONIO MONROY RUIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N. V- V-14.071.364 y V- 19.445.836, respectivamente, contraído por ante la Jefatura Civil de La Parroquia Macuto, Municipio Vargas del Estado La Guaira en fecha Trece (13) de Junio de 2014, asentada bajo el N° 18, del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevados por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse la.....