Este Tribunal Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por la parte demandada contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo. Se modifica la decisión dictada por el A-Quo. Se declara INADMISIBLE la prueba de exhibición de los recibos de pago de salarios mensuales, se ordena al Tribunal A-Quo ADMITIR la prueba de inspección judicial a practicarse en el Departamento de Fideicomiso del Banco de Venezuela