Por las razones tanto de hecho como de derechos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la Apelación, interpuesta por la profesional del derecho MARIA FABIOLA RODRIGUEZ,. En su condición de apoderada judicial del ciudadano ENDER JOSÉ PINO LINAREZ, titular de la cédula de identidad número V-18.931.897. Parte demandante (apelante) en la presente causa. SEGUNDO: CON LUGAR, la Apelación, interpuesta por el profesional del Derecho OSCAR IGNACIO ALVAREZ MENDOZA,. En su condición de apoderado judicial del ciudadano HUGO RAFAEL RODRÍGUEZ. Contra el acta de audiencia de fecha veinte (20) de Septiembre del año dos mil diecinueve (2019), dictada por el Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo. TERCERO: SE ANULA, la sentencia de fecha veintisiete.....