este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la acción y declara TERMINADO el presente proceso, ordenando en este acto el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en Maiquetía, a los veintitrés (23) días del mes de Noviembre de dos mil veintiuno (2021).
Años: 211° de la Independencia y 162° de la Federación.
Publíquese, Regístrese y déjese Copia Certificada.