Vista la TRANSACCIÓN LABORAL, celebrada entre el ciudadano ARTURO ACOSTA, y el ciudadano EFREN VALERIO, en representación de la empresa MULTISERVICIOS LOS GRUEROS DE VARGAS, C. A., este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, la HOMOLOGA, en los terminos expuestos, dándole efectos de Cosa Juzgada.