Vista la TRANSACCIÓN LABORAL celebrada, por cuanto los mismos no vulneran derechos irrenunciables de la ex_trabajadora, ni normas de orden público, en conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela este Tribunal, le imparte la HOMOLOGACIÓN dándole efectos de Cosa Juzgada.