En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Vargas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por concepto de Indemnización por Discapacidad, Daño Moral y Lucro Cesante, intentada por el abogado CARLOS MEDINA MEZA, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero 43.208, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ARTURO JOSE CARRERA RAUSSEO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad numero V.-15.025.806, en contra de la empresa INVERSIONES SABENPE, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 30 de Junio de 1.980, bajo el numero 09, Tomo 666-A-Qto.
SEGUNDO: Se condena a la demandada INVERSIONES SABENPE, C.A. a que.....