Desisto de la presente acción y del procedimiento de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y nos comprometemos a no intentar nuevamente la presente acción por los conceptos demandados en autos¿. De seguidas se le cede la palabra al Representante de la parte demandada quien expone: ¿Convengo en el desistimiento presentado por la parte demandante, es todo¿. En virtud que la parte demandante expresa su desistimiento de la acción y del procedimiento incoado, y oído como ha sido el convenimiento de la parte demandada, este Tribunal lo HOMOLOGA en los términos expuestos, dándole efectos de Cosa Juzgada, declara terminado el proceso, ordenando el cierre y archivo del presente expediente. Se deja expresa constancia que le han sido devueltas las pruebas a las partes.
LA JUEZ,
DRA. IMPERIO SALAZAR YÉPEZ
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