Este Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE HOMOLOGA EL CUMPLIMIENTO DE LO ORDENADO EN LA SENTENCIA DE LA ACCION DE AMPARO, interpuesta por la ciudadana MIREYA OROPEZA VERAMNEDEZ, por parte de la empresa "AVICOLA MAYUPAN, C.A", así como el desistimiento de la agraviada, una vez verificados como han sido los requisito, extremos de ley y el procedimiento establecido en la sentencia Nº 07 del 1 de Febrero de dos mil (2000), de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y lo establecido en la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
SEGUNDO: Una vez homologado por este Tribunal, el cumplimiento por parte de la empresa avícola Mayupan,c.a., y visto el desistimiento de la Acción de la presunta agraviada, se da por Terminado el Procedimiento.
TERCER.....