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lunes, 20 de octubre de 2003
INAUGURADA SEDE DE LOS NUEVOS TRIBUNALES DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
En el acto llevado a cabo el día 15-10-2003 en Nivel C del Edificio Caribe ubicado en la Calle Los Baños de la Parroquia Maiquetía de este Estado, en la oportunidad de realizarse la inauguración de la sede en la que funcionarán los Tribunales del Trabajo litoralenses, el Juez Rector, Dr. IDELFONSO IFILL PINO resaltó la importancia de la adopción del proceso oral para la administración de la justicia laboral, e hizo votos para que prontamente se realicen los cambios necesarios para que la justicia civil aproveche las bondades del nuevo sistema.
 
Palabras del Juez Rector de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas

Abg. IDELFONSO IFILL PINO

Con Motivo de la Inauguración de la Sede de los Nuevos Tribunales del Trabajo del Estado Vargas



“Nos enorgullece que el motivo de la presencia en esta ocasión de tan distinguidas personalidades del sistema de administración de justicia y de los Poderes regionales, se deba al hecho de que, a partir de hoy, se le da vida en el Estado Vargas al mecanismo que permitirá una justicia más expedita, honesta y transparente.



Tenemos un gran entusiasmo y mucha fe en este nuevo proceso, que implica algunas ritualidades necesarias para su mejor desenvolvimiento.



En días pasados, conversando con algunos amigos del Estado, les hacíamos referencia a lo maravillado que quedamos observando los ritos militares y la detección de su importancia. Hemos tenido la ocasión de presenciar la transmisión de mandos de algunos de sus componentes y visto cómo, por ejemplo, existen normas que impiden izar la bandera nacional después de cierta hora, cómo se simboliza la transmisión del mando con la entrega del estandarte del comandante saliente al entrante y cómo la primera palabra de éste es ordenar a la tropa que se ponga firme, lo que implica el mensaje para los subordinados de que ahora quien manda es otro.



Esto lo menciono porque siempre se ha dicho que el Código de Procedimiento Civil es el código de ritos; pero en realidad, nunca ha contenido las formalidades ceremoniosas que de ahora en adelante vamos a presenciar, porque en ese contexto la palabra rito se había entendido simplemente como una serie de trámites.



El nuevo procedimiento laboral, como lo hizo el Código Orgánico Procesal Penal en su oportunidad, involucra algunas solemnidades necesarias e indispensables para la majestad de la justicia y para infundir y mantener el respeto que ella debe ocupar, aunque en el texto de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo así no se hubiese establecido expresamente.



Nosotros, que somos partidarios de hacernos tutear porque consideramos que ello no desmerece el respeto que nos ganemos como seres humanos y como profesionales, no concebiríamos, por ejemplo, pedirle al alguacil, por su nombre de pila: Julio dile al testigo que pase. La celebración del proceso en audiencia pública, tácitamente exige que esa orden se de utilizando un lenguaje más apropiado: ciudadano alguacil, por favor conduzca al testigo hasta el estrado; lo mismo ocurriría con la petición al secretario de que diga en voz alta las razones de la audiencia, el uso del martillo para iniciar y finalizar la audiencia o para poner orden en la sala y otras tantas por el estilo que, a nuestro juicio, contribuirán con aquel propósito de infundir y mantener el respeto que la justicia merece.





Por ello, tenemos la esperanza de que los cambios que se requieren en el resto de la justicia y más concretamente con la denominada justicia civil, se incorporen prontamente a esta nueva visión, no tanto para exhibir los ritos, porque actualmente nada impide que los tengamos, aunque en las condiciones como se ha concebido la justicia civil parecieran un tanto ridículos, sino, fundamentalmente, para aprovechar las ventajas comparativas de la innovación y terminar de una vez por todas con esos largos y tediosos juicios que perjudican al sistema, a los intereses de las partes e incluso al sector honesto y estudioso de los profesionales del derecho y que han deteriorado la imagen del Poder Judicial, en desmedro de la justicia misma, por lo tardía, constituyéndola a su vez en injusticia.



Claro está, a tono con lo dispuesto en el artículo 257 de la constitución, en la medida de lo posible, los cambios que se hagan deberían utilizar como marco de referencia a los textos legales existentes, básicamente en cuanto a los lapsos y términos procesales, por cuanto, a nuestro juicio, la idea del constituyente de uniformar los trámites no persigue parcelar las materias, e
 
Autor:
  Idelfonso Ifil Pino, Juez Rector de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas
 
Fecha de Publicación:
  20/10/2003
Pagina Web:
  vargas.tsj.gov.ve
Correo Electrónico
  tribunalsupervargas@cantv.net
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