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jueves, 02 de marzo de 2006
SE ACUERDA REANUDAR EL DESPACHO DESDE EL 13 DE MARZO DE 2006, (DE LUNES A VIERNES) EN LOS TRIBUNALES CIVILES Y EN EL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

RECTORIA CIVIL DE LA CIRCUNSCRIPCION

JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS





RESOLUCIÓN No. 003/06

La Ciudadana Jueza Rectora Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas y los Jueces de la Jurisdicción Civil de esta misma Circunscripción Judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual establece el Debido Proceso en todas las actuaciones judiciales y administrativas.

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que con ocasión al cierre del Viaducto Nº 1 de la Autopista Caracas-La Guaira, declarado por parte del Ministerio de Interior y Justicia conjuntamente con el Ministerio de Infraestructura, se hizo necesaria la habilitación de vías alternas.



SEGUNDO: Que en virtud de que fue inaugurada el día veintiséis (26) de febrero del presente año, la nueva vía alterna que enlaza a la Capital de Venezuela con el estado Vargas, lo cual facilita el traslado mediante el tránsito automotor.



TERCERO: Que la Resolución Nº 002/06 emanada de la Rectoría Civil del Estado Vargas, fue dictada a fin de garantizar a los ciudadanos el Derecho a la Defensa, como principio consagrado constitucionalmente, lo cual esta acorde con lo establecido en el artículo 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y vista las razones expuestas en los considerandos anteriores,

RESUELVE



PRIMERO: REANUDAR EL DESPACHO, en los Tribunales Civiles de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de lunes a viernes, a partir del día lunes, trece (13) de marzo del año dos mil seis (2006).



SEGUNDO: Comunicar y publicar la presente resolución para el conocimiento de los usuarios que asisten a las instalaciones de los Juzgados Civiles de esta Circunscripción Judicial, ubicados en el edificio Centro Caribe Vargas, Maiquetía.



TERCERO: Expídase y déjese copia de la presente Resolución en los Despachos de cada uno de los Jueces que integran la Jurisdicción Civil en el Estado Vargas.



CUARTO: Remítase copia de la presente Resolución a las autoridades competentes del Máximo Tribunal de la República, Tribunal Supremo de Justicia.



QUINTO: Publíquese la presente Resolución en la página Web vargas.tsj.gov.ve, a través de la Rectoría de la Circunscripción Judicial del Estado.



Dada, firmada y sellada en la sede del Despacho de la Rectoría del Estado Vargas, a los dos (02) días del mes de marzo del año dos mil seis (2.006), años ciento noventa y cinco (195) de la Independencia y ciento cuarenta y seis (146) de la Federación.





Dra. Victoria Vallés

Jueza Rectora Civil







Dr. Idelfonso Ifill Pino

Juez del Tribunal Superior Civil, Mercantil,

Del Tránsito, y de Protección del Niño y

del Adolescente.







Dra. Avilda Mercedes Solórzano

Juez Primero de Primera Instancia en lo Civil,

Mercantil, del Tránsito Y Agrario.





Dra. Evelyna D? Apollo A.

Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil

Mercantil, del Tránsito y Agrario.





Dra. Neiza Berríos

Juez Unipersonal Nº 2 de Protección del

Niño y del Adolescente





Dr. Ángel Pérez

Juez Unipersonal Nº 1 de Protección del

Niño y del Adolescente





Dr. Mauro José Pérez Flores

Juez Primero de Municipio (E)





Dra. Ana Teresa Ayala

Juez Segundo de Municipio





Dra. Elizabeth Breto

Juez Tercero de Municipio





Dra. Scarlet Rodríguez

Juez Cuarto de Municipio





Dra. Betilde Araque

Juez de Municipio (E)

Parroquia Carayaca y el Junko





Dr. Wilberto Saavedra

Juez Primero Ejecutor de Medidas de Municipio





Dra. Trina Mijares Guedez

Juez Segundo Ejecutor de Medidas de Municipio





Comuniquese y publíquese.-

 
Autor:
  ABG. ARNALDO RODRIGUEZ
 
Fecha de Publicación:
  02/03/2006
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