DISPOSITIVA
Con base en los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO Y RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LA GUAIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos ABG. FRANCISCO JOSÉ GADEA LOVERA, ABG. CARLOS LANDAETA y ABG. FERNANDA CHAKKAL KABBABE, en su carácter de Defensores Privados del ciudadano BRAYAN ALCANGEL SIVIRA OROPEZA, titular de la cédula de identidad N° V.-24.804.461, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia Estadal y Municipal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado La Guaira, en fecha 29 de septiembre de 2025, a través de la cual, entre otras cosas, fue admitido t.....