Verificado como ha sido que el apoderado judicial de la parte actora RUBEN ROBALINO, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 285.986, y por la parte demandada, ANA MARIA DE ABREU ANDRADES Y RAFAEL BALMORES CHIRINOS BAUTE, abogados en ejercicios e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los NROS. 139.764 y 12.416, respectivamente, han actuado debidamente facultados para transigir, tal como se evidencia de instrumento poderes consignados, y visto finalmente que la mediación ha sido positiva. De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es por lo que HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL SUSCRITO, en el presente procedimiento por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, interpuesto por el ciudadano: JIMMY JUNIOR GRANADILLO GARCIA, titular de la cédula de identidad Número: V.- 13.671.489, (parte actora), contra las entidades de trabajo "CORPORACION YULY C.A y TEAM T.....