DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO Y RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LA GUAIRA DECLARA LA HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO solicitado por la defensa Abg. Belkis Coromoto Villegas, en conjunto con el ciudadano EDMIR ANDRES PEREIRA IBARRA, quienes interpusieron escrito recursivo el 19/09/2025, en contra de la decisión proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado La Guaira, de fecha 15 de septiembre del año que discurre, mediante la cual declaro Sin Lugar la solicitud realizada por los prenombrados abogados en cuanto a que fuere ejercido el Control Judicial, conforme a lo previsto en el artículo 287 del Código Orgánico Procesal Penal y en virtud que la fase preparatoria ya había concluido y el Ministerio Publico ya había presentado el Acto conclusivo correspondiente (Acusación); quedando firme dicha decisión.....