DISPOSITIVO
Por las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la representación judicial de la parte accionada, contra el auto de fecha 16 de diciembre de 2024, dictado por el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado la Guaira; SEGUNDO: Se CONFIRMA el referido auto que negó la apelación TERCERO: Dada la naturaleza del recurso no hay condenatoria en costas. CUARTO: Se acuerda remitir la presente causa al Tribunal a quo.