DISPOSITIVO
Por las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, el Recurso de apelación interpuesto por la ciudadana LYDIA MARIANA LINARES BIGOTT, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 270.669, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte accionante apelante, contra el Auto dictado en fecha primero (01) de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira. SEGUNDO: Se revoca el Auto dictado en fecha primero (01) de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustan.....