En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CONFESA a la parte demandada Entidad de Trabajo "AWT INFORMATION & TECHNOLOGY SERVICES, C.A.", por su incomparecencia a la audiencia de juicio de conformidad con lo establecido en el artículo 151 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, interpuesto por la ciudadana ANNY CAROLINA MONASTERIO GUERRA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V-24.086.702, en contra de las Entidad de trabajo, AWT INFORMATION & TECHNOLOGY SERVICES, C.A." TERCERO: Se ordena a la Entidad de trabajo, "AWT INFORMATION & TECHNOLOGY SERVICES, C.A.", a pagar a la ciudadana: ANNY CAROLINA MONASTERIO GUERRA, antes id.....