En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, PRIMERO: HOMOLOGA la Transacción Laboral celebrada entre las representaciones judiciales del ciudadano CESAR DANIEL MONTES FILOTH, venezolano, titular de la cédula de identidad número: V.-23.638.168 y por la entidad de trabajo TODO BARATIIICO, C.A.; parte demandante y demandada, en su orden, anteriormente identificados, pasándola en autoridad de cosa juzgada. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.
Vista la solicitud de las partes, sean entregados los escritos y pruebas consignadas en su oportunidad, así como de la presente decisión, SE ACUERDA la devolución de las pruebas originales. Se ordena la remisión del presente expediente a su Tribunal de Origen a los fines del correspondiente cierre y archivo definitivo. Publíque.....