DISPOSITIVO
Por las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de apelación recurso de apelación de fecha 04 de noviembre de 2024, ejercido por el profesional del derecho, PEDRO ANTONIO BARRIOS PEREZ, abogado en ejercicio e inscrito en los I.P.S.A bajo el número Nº 41.946, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte accionante, contra el auto fecha treinta y uno (31) de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira SEGUNDO: CON LUGAR, el Recurso de apelación de fecha 23 de octubre de 2024, ejercido por la profesional del derecho, .....