PRIMERO: Se declara la FALTA DE JURISDICCION del Poder Judicial para conocer de la solicitud de inserción de partida de nacimiento iniciada por MARGARITA BERBESI NUÑEZ, con cédula de identidad Nro. V- 3.034.182, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 de la Ley Orgánica de Registro Civil.
SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil se ordena remitir inmediatamente los autos a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia y se suspende el proceso desde la fecha de la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el Tribunal.