DECISIÓN
Por lo anteriormente expuesto esta Corte De Apelaciones En Penal Ordinario Y Responsabilidad Penal De Adolescentes Circuito Judicial Penal Del Estado La Guaira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO:Se declara ADMISIBLE la inhibición planteada por la ciudadanaAbg. Maria Laura Romero, en su carácter de Juez del Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia Estadal y Municipal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado La Guaira, conforme lo preceptuado en el artículo 89 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE las pruebas promovidas por la Jueza Inhibida, referidas a las copias simples de la diligencia presentada por la ciudadana Abg. María Machado, quien dice ser defensora técnica del acusado de autos, a través de la cual consigna la declaración de reticencia de su representado, así como copias simples de las m.....