Se declara:
PRIMERO: La Confesión Ficta del ciudadano JOSE GREGORIO HERNANDEZ CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-19.925.566, domiciliado en el Municipio Junín del Estado Táchira.
SEGUNDO: Con Lugar la solicitud de Fijación de Obligación de Manutención presentada ante este Tribunal por la ciudadana LUZ STELLA OMAÑA ORTIZ, madre y representante legal de la niña (se omite el nombre), en contra del ciudadano JOSE GREGORIO HERNANDEZ CASTRO, todos suficientemente identificados.
TERCERO: Se fija la Obligación de Manutención que el ciudadano JOSE GREGORIO HERNANDEZ CASTRO, debe aportar a favor de su hija la niña (se omite el nombre), en la cantidad de Trescientos Bolívares (Bs.300,oo) mensuales y en los meses de septiembre y diciembre de cada año, una cuota extraordinaria por la misma cantidad de Trescientos Bolívares (Bs.300,oo) para gastos de estudio y de navidad, los cuales han de ser consignados dentro de los primeros cinco (05) días de cada mes e.....