Seguidamente, este Tribunal oída como han sido las exposiciones de las partes y visto que el acusado ha manifestado expresamente su voluntad de acogerse al Procedimiento por Admisión de los Hechos, establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, este TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: Admite en su totalidad la acusación interpuesta por el Fiscal Sexto del Ministerio Público DR. HUMBERTO RODRIGUEZ ALEMAN, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, SEGUNDO: CONDENA al ciudadano EDMUNDO ORLANDO ARELLANO DURAN, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Pregonero estado Táchira, nacido el 16 de noviembre de 1949, de 54 años de edad, .....