Por los motivos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud. En consecuencia el acta de nacimiento N° 875, de fecha 19 de Junio de 1985, asentada en los libros de nacimientos del Registro Principal del Estado Táchira, perteneciente a la solicitante ZAIDA DANIELA CHACÓN ROSALES, queda rectificada en el sentido, que el nombre de la madre de la solicitante Ciudadana ZAIDA DANIELA CHACÓN ROSALES, correcto es "SERAFINA ROSALES UZCATEGUI" y no como erróneamente aparece.
Inscríbase esta sentencia en el Libro de Registro Civil de Actas de Nacimientos llevado por el Registro Civil Principal del Estado Táchira y estámpese en el libro el acta rectificada la correspondiente nota marginal.
Expídanse copias fotostáticas certificadas de la presente decisión.....