PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del ciudadano: LUIS HERMES BARRETO MEJIA, quien dice ser de nacionalidad colombiana, mayor de edad, natural de Caldas, República de Colombia, nacido en fecha 14 de Septiembre de 19876, de 33 años de edad, hijo de Hermes Barreto (f) y Carmenza Mejia (v), titular de la cedula de ciudadanía N° 10.183.748, soltero, de profesión u oficio constructor, teléfono: 0424-1192682 (mamá) residenciado en la Urbanización La Silva, Calle Virginia de Ruiz, Primera Planta Casa N° 119, Parroquia Sucre, Municipio Libertador, Caracas, Distrito Capital, por la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio de la fe pública, por encontrarse llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se Ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Pr.....