DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA REVISION DE SANCION, al joven IDENTIDAD OMITIDA, y en consecuencia MODIFICA el régimen de Presentaciones dentro de las Reglas de Conducta extendiéndosele a cada Dos (2) Meses, y deberá continuar con las demás obligaciones por el tiempo dispuesto de 1 año culminando el 04/10/2013 conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA y se DECRETA CESACION POR CUMPLIMIENTO DE LA LIBERTAD ASISTIDA por haberlo efectuado cabalmente durante 1 Año y 6 meses.
Diarícese y se autoriza copia certificada de esta Decisión. Los Intervinientes quedaron notificadas de esta decisión en Audiencia.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN
SECRETARIA DE EJECUCION
Abg. FREYSELA GARCIA
En esta .....