El miércoles primero (01) de Diciembre de Dos Mil Cuatro, siendo las 2:25 de la tarde, se traslado y constituyo éste Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández feo, Libertador y Andrés Bello de ésta Circunscripción Judicial, junto con los apoderados actores, abogados Jesús Arnaldo Zambrano Castro y Daisy Coromoto Duran Ibarra, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.680.582, V-8.101.267, inscritos en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo los Nos. 36.806 y 62.493, declarando legalmente embargado ejecutivamente la cantidad de TRES MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVEBOLIVARES CON VEINTE CENTIMOS (Bs. 3.651.269,20), declarando la desposeción jurídica del ejecutado designando de conformidad con el artículo 35 de la Ley Orgánica de Depósito Judicial a la entidad Bancaria BanPro como depositaria provisional, CUMPLIDA como fue se devuelve al tribunal comitente.
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