REVOCA EL AUTO, de fecha 26/08/2003, de conformidad con lo establecido en el artículo 607 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y se repone la causa al estado de la CITACIÓN, para que el adolescente Imputado designe su respectivo Defensor. Y ASÍ SE DECIDE. Líbrese la respectiva Boleta de Citación.