DISPOSITIVA
Este Tribunal Tercero Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos. PRIMERO. CONDENA a la ciudadana, MARÍA JULIA DA SILVA BATISTA, de nacionalidad Portugués, con fecha de nacimiento 28/01/75, de 30 años de edad, estado civil soltera, profesión u oficio Del hogar, hija de Eloy De Jesús Salvador Baptista y Gloria De Jesús Silva, titular del Pasaporte N° P-H252631 y residenciado en: Rua Carvallo, Barbosa, T 254, casa N° 123, Oporto, Portugal, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, COMO AUTORA RESPONSABLE DEL DELITO DE TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópica. SEGUNDO: CONDENA al ciudadano CARLOS ALBERTO PALMEIRA RODRIGUEZ, de nacionalidad Portugués, con fecha de nacimiento 25/03/77, de 28 años.....