ACUERDA expedir la referida orden. Así mismo, para llevar a efecto dicho procedimiento se designó a los siguientes funcionarios: Inspector Jefe JOEL FERNANDEZ, credencial N° 18.616, C.I:10.116.015, Inspectores ALEXIS HERRERA credencial N° 21851, C.I:10.180.629, JOEL GIL credencial N° 23711, C.I:12.594.303, YULIAN RAMOS credencial N° 24346, C.I:11.409.613, Sub Inspectores WILLIAMS PÉREZ credencial N° 18730, C.I:10.369.570, ARTURO ROSADO credencial N° 26400, C.I:13.511.002, Detectives FÉLIX DIAZ credencial N° 19316, C.I:10.093.248 y CARLOS LANDAETA credencial N° 27571, C.I:13.885.658 (Caracas), todos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, considerando quien decide, que dicho procedimiento deberá ser efectuado únicamente por los funcionarios antes mencionados, quienes deberán tomar las medidas pertinentes para no causar daños en el lugar registrado procurando dejarlo en las mismas condiciones previas al registro. Dicha orden de Allanamiento tiene .....