AUTO DE EJECUCION DE SANCION al joven IDENTIDAD OMITIDA, conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA, el cual fue declarado responsable penalmente por Sentencia Definitivamente firme del delito de ROBO GENERICO FRUSTRADO, previsto en el artículo 455 en relación con el articulo 83 ambos del Código Penal y condenado a cumplir las sanciones de LIBERTAD ASISTIDA e IMPOSICIÒN DE REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de Un (1) Año y la Sanción de SERVICIO A LA COMUNIDAD, por el lapso de Seis (06) Meses, conforme a los artículos 626, 624 y 625 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.