Se declara procedente la solicitud de aclaratoria o ampliación de la experticia y como corolario ordena a los expertos realizar la aclaratoria o ampliación requeridas por la parte demandada reconviniente, en los términos expuestos en el presente fallo, se fija para ello un lapso de cinco (5) días de despacho a partir de la constancia en autos de la presente decisión. Así decide. Cúmplase.-