De acuerdo a las consideraciones expuestas, este JUZGADODE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL DIVORCIO por DESAFECTO, con base a la Sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de Diciembre de 2016, signada con el N°1070, con carácter vinculante, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanosLEIDY CAROLINA SANCHEZ QUIÑONEZ,venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-16.409.599,y el ciudadano JORGE ENRIQUE CASTRO OVALLES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-13.351.314, contraído por ante la Prefectura del Municipio Cárdenas, Estado Táchira, en fecha 19 de Septiembre de 2003, tal y como consta en el Acta de Matrimonio N°137 de l.....