En este orden de ideas, sobre la base de las motivaciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo determinado en los Artículos 26, 49 y 257 de la Constitución Nacional, Artículo 462 del Código Civil Venezolano, Artículo 769 del Código de Procedimiento Civil y Artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la Solicitud de Rectificación del Acta de Matrimonio No.8, de fecha 21 de Junio de 1.999, asentada ante el Juzgado de Parroquia del Municipio Bolívar del estado Táchira, a nombre de PEDRO GALVIS ZOAZO y MARIA DEL CARMEN VILLAMIZAR ROZO, en el correspondiente Libro de Actas de Matrimonio, que reposa en el archivo de este Tribunal de Municipio.
Una vez quede firme la presente decisión, se ordena estampar la correspondiente nota marginal, en la especif.....