D I S P O S I T I V A
Con fuerza en la motivación anterior esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO Y RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LA GUAIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación intentado por el ciudadano Abg. Carlos Guaita, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano VÍCTOR ANTONIO STHORMES TORRES, titular de la cédula de identidad N° V.-18.482.777, en contra de la decisión dictada en fecha 19 de marzo de 2024, por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia Estadal y Municipal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado La Guaira, a través de la cual NEGÓ la solicitud interpuesta por el referido abogado, en el sentido que le fuera impuesta una medida menos gravosa a su defendido, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 229, 230 y 250 todos del Cód.....