Por todos lo antes expuesto, este Tribunal SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR, la solicitud interpuesta por la Abogado FRANZULI MARIN, Defensora Pública de los acusados ciudadanos DARWIN ERICK CARDENAS y KELVIN RAFAEL ROMERO MADERA, identificados al inicio, en el sentido que le sea otorgada la LIBERTAD INMEDIATA y SIN RESTRICCIONES, de conformidad con lo establecido en los artículos 09, 244 y 264, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por considera que las circunstancias en el presente caso no han variado y la finalidad del proceso se encuentra asegurado con el mantenimiento de la medida impuesta a los referidos acusados, ya que en el presente caso existen tácticas procesales dilatorias, producto del mal proceder de los acusados.