este Tribunal HOMOLOGA dicho acto quedando acordado entre las partes lo siguiente:
Cláusula Primera: la ciudadana: JACQUELINE HAYDEE DEPABLOS, manifiesta su voluntad de dar por terminado el contrato de arrendamiento que existe sobre el inmueble, ubicado en Barrio Las Mercedes, carrera 8 entre calles 10 y 11, Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira, propiedad del ciudadano: RUBEN PARADA BECERRA
Cláusula Segunda: Ambas partes quedando en mutuo acuerdo fijan como aumento del alquiler a TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00) mensuales, los cuales serán cancelados los 30 de cada mes en efectivo.
Cláusula tercera: Igualmente acordaron las partes en fijar como fecha de entrega del inmueble en cuatro (4) meses, a partir del día que se celebro dicho acuerdo.
Dada, firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Santa Ana a los Veintitrés (23) días del mes de Julio de Dos Mil Nueve (2009). Déjese copia cer.....