Por todos los fundamentos de hecho, de derecho, Jurisprudenciales y doctrinarios antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: La Perención de La Instancia en el presente Juicio, en el cual, la ciudadana MARGARITA GALVIS DE ZOGHBI, asistida y luego representada por la profesional del derecho YNDIRA MARGARITA ZOGHBI GALVIZ, Demanda por Desalojo, al ciudadano DESIDERIO GELVEZ ALBARRACIN, ambas partes suficientemente identificadas en la presente decisión.
SEGUNDO: Extinguido el Proceso Judicial.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.
CUARTO: Notifíquese a la Parte Demandante y/o a su apoderada Judicial, la presente decisión. Líbrese lo conducente.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de De.....