Por los fundamentos expuestos y con fuerza en los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia y por autoridad de la ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, declara:
1. HOMOLOGAR la presente Transacción, celebrada por las partes ante este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, de fecha Veintiocho (28) de Julio del 2011; y en razón de ello, se le atribuye el carácter de Cosa Juzgada como Transacción Laboral, la celebrada entre MARISOL SUÁREZ y la Sociedad Mercantil GUARDIANES DE SEGURIDAD INTEGRAL, C.A, .
2. No hay Condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
3.- Este Tribunal, procederá a ordenar el archivo del presente expediente, en atención a lo convenido en el Acta de Transacción.