TERCERO: Se declara CON LUGAR la solicitud Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el articulo 582 literal C de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, hecha por la Representante Fiscal y la Defensa, por cuanto este decisor observa que se hace necesario el decreto de una medida de coerción personal, que se aplica por encontrarse llenos los extremos legales establecidos en los artículos 236 numerales 1 y 2 y 237 numerales 2 y 3, y 238 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que consta de la revisión pormenorizada de las actas procesales 1.-Acta Policial de fecha: 01-10-2013 suscrita por los funcionarios OFICIAL AGREGADO BLANCO JOSE , OFICIAL AGREGADA YANEZ FELIX Y OFICIAL AGREGADO BASALO RAUL, pertenecientes al Instituto Autónomo de Policía y Circulación; Policía del estado Vargas, Estado Vargas, mediante la cual dejan constancia de las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se produjo la aprehensió.....