Por los razonamientos anteriormente esbozados, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO SEXTO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:
1. ADMITE totalmente LA ACUSACIÓN y las pruebas promovidas contra de JOSÉ ALEXANDER CARRILLO MORA de nacionalidad venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, Titular de la cédula de identidad Nº14.942.860, nacido el día 13-02-1981, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Barrio Liberador, carrera 4, casa N° 2-88, San Cristóbal, Estado Táchira y RITA ALEXANDRA HAJJAT MOYA de nacionalidad venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, Titular de la cédula de identidad Nº17.812.454, de 27 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio obrera, residenciada en el Barrio Liberador, carrera 4, casa N° 2-88, San Cristóbal, Estad.....