Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: la Rectificación del Acta de Matrimonio Nº 240 de fecha Diecisiete (17) de Diciembre del año 1977, registrada ante el Registro Civil del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, perteneciente al ciudadano: LUIS MIGUEL MAIORANA ROA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N°V-2.475.458. En el sentido que, figure en adelante el nombre correcto de los ciudadanos HUMBERTO ALFREDO MAIORANA FULCO y CARMEN ROA DE MAIORANA., Así se decide-.
En consecuencia, se ordena al Registro Civil del Municipio Cárdenas del estado Táchira y al Registro Principal del estado Táchira, estampar nota marginal en el Acta de Matrimonio antes referida, conforme lo indica el artículo 774 de.....