CON LUGAR la solicitud presentada por la defensa Pública DRA ELENA TOVAR DE GRECO, del imputado DAVID MIGUEL CABRERA FLEX, venezolano, natural de La Guaira, nacido en fecha 29-11-84, de 19 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V-16.508.912, soltero, profesión u oficio obrero, hijo de DAVID CABRERA y LOURDES FLEX, residenciado en El Brillante, cerro Guriguiri, casa s/n, Maiquetía, de la contemplada en el artículo 256 de la Ley adjetiva Penal, que consiste en: 2°.-La obligación de someterse al cuidado o vigilancia de una persona, específicamente la Representante Legal, la cual deberá comprometerse por ante este Tribunal en lo trascrito a los ordinales 3° y 6° del artículo up supra mencionado. 3°.- La presentación periódica ante el Tribunal cada quince (15) días, debiendo consignar una foto de frente y fotocopia de la cédula de identidad. 6°.- La prohibición de comunicarse con personas determinadas, (víctimas, testigos y expertos), no acercándose al sitio donde sucedieron los.....