De conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Procesal Penal, se especifica las fechas a partir de las cuales el penado MONROY HILDA, podrá solicitar los beneficios que establece la Ley.
a.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena, que es igual a DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES, la cual cumplió en fecha 11-06-1999 a las 12 horas.
b.- REGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena, que es igual a TRES (03) AÑOS Y CUATRO (04) MESES, la cual cumplió en fecha 11-04-2001 a las 12 horas.
c.- LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir las 2/3 partes de la pena, que es igual a SEIS (06) AÑOS, Y OCHO (08) MESES, la cual cumplirá el 11-08-2003 A LAS 12 HORAS.
d.- CONFINAMIENTO: Al cumplir las 3/4 partes de la pena, que es igual a SIETE (07) AÑOS Y SEIS (06) MESES, la cual cumplirá el día 11-06-2004 A LAS 12 HORAS.
CUARTO: Quedará obligado igualmente al pago de las costas procesales, para reponer los folios de papel invertido a razón de DOSCIENTOS .....