En consecuencia, esta Juez Unipersonal N° 03 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: DECLARA PARCIELMENTE CON LUGAR la presente demanda de OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA, formulada por la ciudadana PARRA CHAVEZ IRALIS CHIQUINQUIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.092.984, en contra del ciudadano CHIROQUE MEJIA FELIX WILLIAM, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.321.437, en beneficio de sus hijas, la adolescente CHIROQUE PARRA IRALIS ROSSANA y la niña CHIROQUE PARRA LIZ DANIELA, identificadas con Partidas de Nacimiento N° 414 y 927, de fechas 27 de Mayo de 1.988 y 20 de Septiembre de 1.993, respectivamente, expedidas por la Prefectura del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, de conformidad con lo señalado en el artículo 76 de la Constitución de la Repúblic.....