DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, otorga la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano NELSON RAMÓN CACERES GUZMÁN, titular de la cédula de identidad Nº V-30.369.944, de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, estado Vargas, nacido en fecha 14-12-1996, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio desempleado, hijo de Mary Guzmán (v) y Nelson Cáceres (v), residenciado en: el poblado de Osma, sector Quebrada el Tigre, casa de bloque, Parroquia Caruao, estado Vargas, en virtud que el penado de marras cumple con todos los requisitos exigidos en la ley para el otorgamiento de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 482 .....