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Decisiones del dia 03/07/2006

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 1445 N° Sentencia : Fecha: 03/07/2006
Procedimiento:
Unicos Y Universales Herederos
Partes:
LUIS JORGE ORTÍZ
Resumen:
este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle al ciudadano LUIS JORGE ORTÍZ DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.208.922, de este domicilio, el carácter de ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del fallecido ciudadano LUIS JORGE ORTÍZ DELGADO, en su carácter de hermano. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes. LA JUEZ TEMPORAL ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA LA SECRETARIA ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERAS
Juez/Ponente:
Yittza Yorley Contreras Barroeta
Organo:
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
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N° Expediente : 6370 N° Sentencia : Fecha: 03/07/2006
Procedimiento:
Partición Amistosa
Partes:
CARLOS BENIGNO OMAÑA MORA Y NEREIDA ANTONIA PÁEZ FAJARDO
Resumen:
En consecuencia, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la solicitud presentada por los ciudadanos CARLOS BENIGNO OMAÑA MORA y NEREIDA ANTONIA PÁEZ FAJARDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 9.121.538 y 8.884.233, en su orden, domiciliado el primero en la Aldea Llano Largo, Parroquia Monseñor Miguel Antonio Salas, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, y la segunda en la calle 2 N° 5-23, La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, para que se les homologue la partición amistosa de la comunidad conyugal. 6.- la presente Partición de bienes no perjudica los derechos adquiridos por los acuerdos de cada uno de los cónyuges o de la extinta comunidad conyugal, si los hubiere. 7.- Conforme a lo dispuesto en la norma contenida en el artículo 1920, numeral 1° del Código Civil la presente decisión y la partición deben registrarse, por cuanto con.....
Juez/Ponente:
Yittza Yorley Contreras Barroeta
Organo:
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
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