Se sentenció por el procedimeinto por admisión de los hechos de acuerdo al a rtículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente a cumplir la sanción de:Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta, entre las cuales deberá cumplir de forma simultanea y consisten en: 1.- No portar ningún tipo de arma de fuego o armas blancas u objeto alguno que simule serlo; 2.- Continuar insertos en el sistema educativo, a los fines de seguir con su proceso de formación personal y académica; 3.- Presentarse ante el ente que tenga a bien designar el Tribunal de Ejecución, por el lapso de DOS (02) AÑOS, y Servicios a la comunidad por el lapso de seis (6) meses).