DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en lo Penal Ordinario y Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado La Guaira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Publico y en consecuencia MODIFICA Y RECTIFICA la pena impuesta por la Juez a quo y CONDENA a los ciudadanos CHESTER SEGUNDO BRICEÑO ROJAS, titular de la cédula de identidad N° V.-16.458.288, RENE RAFAEL RAMOS DIMAS, titular de la cédula de identidad N° V.-26.918.618, JUNIOR RICARDO MONASTERIO ROJAS, titular de la cédula de identidad N° V.-21.468.851, GENRY ALFREDO GUEVARA ESCALONA, titular de la cédula de identidad N° V.-21.493.001 y DANNYL JESÚS CASTILLO SEGURA, titular de la cédula de identidad N° V.-16.485.886, a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS DE PRISION, por la comisión de los delitos de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS.....